Las Organizaciones Miembros de Internacional de la región Europa continental, reunidas el 21 de mayo de 2005 en París (Francia), deciden constituir la asociación “Emaús Europa” y adoptan a tal efecto los presentes estatutos.
Considerando que la Asociación Emaús Internacional quedó constituida durante la 2ª Asamblea General del Movimiento Emaús celebrada en Montreal (Canadá) del 2 al 4 de julio de 1971;
Teniendo en cuenta la última modificación de los Estatutos de la Asociación Emaús Internacional, adoptada por su Asamblea General Extraordinaria celebrada el 18 de noviembre de 2003 en Uagadugú (Burkina Faso), cuyo artículo 28 § 5 encomienda a la Asamblea General Ordinaria la competencia exclusiva de “determinar el número y la extensión de las regiones, así como el número de representantes por región, previa propuesta del Consejo de Administración”;
Teniendo en cuenta las decisiones adoptadas por la Asamblea General Ordinaria de Emaús Internacional en su sesión de clausura del 22 de noviembre de 2003 en Uagadugú (Burkina Faso), y especialmente, la moción nº 2, que da un mandato al Consejo de Administración para que trabaje para “implantar los Estatutos resultantes del voto de la Asamblea General Extraordinaria, y en particular para revisar el número y la extensión de las regiones, así como el número de representantes por región, denominados “Consejeros de Emaús Internacional”, válidos hasta la ratificación por la Asamblea General Ordinaria siguiente”, prevista en 2007;
Teniendo en cuenta las decisiones tomadas por el Consejo de Administración de Emaús Internacional, reunido en Châtenay-Malabry (Francia) del 18 al 23 de octubre de 2004, y especialmente sus mociones nº 14.4 por la que se crea una “región Europa continental”, y nº 14.5 por la que se establece el número de doce Consejeros de dicha región.